En IMOPAC la igualdad, diversidad e inclusión son parte de nuestra cultura corporativa, que en base al principio del respeto por la dignidad inherente al ser humano y su autonomía, promueve la práctica de la amabilidad, el reconocimiento e igualdad de derechos sin discriminación arbitraria por género, edad, religión, discapacidad, color de piel, orientación sexual, afiliación sindical, nacionalidad u otra condición; y fomenta una cultura organizacional incluyente de meritocracia, que ofrece oportunidades laborales equitativas en bs procesos de selección e incorporación, en las condiciones de trabajo, seguridad social, desarrollo y crecimiento de los colaboradores sobre la base de su talento, dedicación, desempeño y logro de objetivos.
IMOPAC potencia la sensibilización y concientización en temas de diversidad y trato inclusivo como parte de la cultura interna, a través de la planificación anual de actividades de formación y gestión de las habilidades relacionales y comunicacionales para todos los equipos de trabajo, con el fin de crear un ambiente laboral seguro, donde las personas confíen en sus cualidades y capacidades, y logren comunicar sus puntos de vista sintiéndose escuchados, valorados y respetados. Como empresa promovemos en nuestros colaboradores el compromiso, la empatía, la tolerancia, el trabajo colaborativo, desde las diversas experiencias, convicciones y formas de pensar, a través del acompañamiento, guiados en base a lo establecido por la normativa legal vigente.
Es responsabilidad de IMOPAC y todos sus colaboradores, respetar los lineamientos contenidos en esta Política, contribuyendo en la eliminación de barreras sociales, culturales y físicas, impulsando un ambiente inclusivo y sin discriminación en los equipos de trabajo, evitando cualquier conducta o situación de acoso, abuso de autoridad, ofensa u otra forma de agresividad y hostilidad que atente la integridad de cada una de las personas, sean estas internas o externas a nuestra Organización.
Desde la Gerencia de Personas, el(la) Experto(a) en inclusión Laboral es responsable de implementar, promover y acompañar toda actividad inherente a nuestra política de igualdad, Diversidad e inclusión Corporativa.



Reclutamiento y Selección Inclusivo.
Para garantizar condiciones de accesibilidad a los postulantes, se publicarán avisos de búsqueda de personal a través de portales de trabajo, como la BNE, bajo las instrucciones dadas en la normativa de la Ley 21.015 y 21.690.
El proceso de selección se realizará en igualdad de condiciones de méritos a personas en situación de discapacidad y/o asignatarios de una pensión por invalidez de cualquier régimen previsional.
Se realizan los ajustes razonables de acuerdo con la solicitud del postulante y sus características, garantizando la accesibilidad en el proceso de selección para el puesto de trabajo al cual postula.
Capacitar a la Gerencia de Personas en torno a la Ley 21.015,21.690 y 21.275, como también en temas que faciliten y/o guíen respecto al trato de una Persona en situación de Discapacidad y realizar acciones de inclusión en el marco de la normativa vigente.
Desarrollo Profesional y Capacitación.
Se ofrecen programas de capacitación y desarrollo abiertos a todos los colaboradores a través de Plan de Capacitación Anual. Se promueve el mentoring y acompañamiento para impulsar el desarrollo de talentos diversos.
Gestionar procesos particulares de inducción, planes de emergencia y evacuación para las personas en situación de discapacidad y/o asignatarias de pensión de invalidez que se contraten, según el tipo de discapacidad.
Ambiente Laboral.
- Fomentar una cultura de respeto y tolerancia a través de talleres y capacitaciones.
- Crear espacios de diálogo y escucha activa para abordar temas relacionados con la diversidad.
- Implementar canales de denuncia confidencial para casos de discriminación.
Marco Jurídico
La Persona en situación de discapacidad contratada, en el caso de sentirse discriminado(a), podrá realizar su denuncia a la Gerencia de Personas, según lo establece nuestro Reglamento interno de Orden, Higiene y Seguridad.
A su vez, con el fin de proteger la vulneración de los derechos de una persona en situación de discapacidad, la empresa pone a disposición el canal de denuncias denuncias@imopac.cl, ubicado dentro la página web www.imopac.cl, en él se garantiza el resguardo de la confidencialidad y/o acceso de forma anónima al momento de enviar la denuncia y/o reclamo.
– La Ley N 20.422 que establece normas sobre igualdad de Oportunidades e Inclusión Social de las personas con discapacidad.
– La Convención internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, de las Naciones Unidas.
– El Decreto N 4710 que reglamenta la Ley N»20.422 y que regula la calificación y la certificación de la discapacidad.
– La Ley N 21.015 que incentiva la inclusión de personas con discapacidad al mundo del trabajo.
– La Ley N 21.690 que establece modificaciones a la Ley 21.015.
– La Ley N 27.275 que establece medidas para facilitar [a inclusión laboral de personas con discapacidad a través de un Gestor(a) de inclusión Laboral, acreditado por ChileValora
Diseño y Accesibilidad Universal
Accesibilidad Universal: La condición que deben cumplir los entornos, procesos, bienes, productos y servicios, así como los objetos o instrumentos, herramientas y dispositivos, para ser comprensibles, utilizables y practicables por todas las personas, en condiciones de seguridad y comodidad, de la forma más autónoma y natural posible.
Ajustes Razonables: “Con el fin de garantizar el derecho a la igualdad de oportunidades de las personas en situación de discapacidad, el Estado establecerá medidas contra la discriminación, las que consistirán en exigencias de accesibilidad, realización de ajustes necesarios y prevención de conductas de acoso»
«Los ajustes necesarios son las medidas de adecuación del ambiente físico, social y de actitud a las carencias específicas de las personas en situación de discapacidad que, de forma eficaz y práctica y sin que suponga una carga desproporcionada, faciliten la accesibilidad o participación de una persona en situación de discapacidad en igualdad de condiciones que el resto de los ciudadanos.»
Ministerio de Planificación, de Santiago de Chile, Establece con la Ley 20.422 {2O10), Normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad.









